mié. Nov 27th, 2024

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2021. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informa que, con el propósito de promover y facilitar políticas tendientes a fomentar el uso del gas natural como combustible de vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, dispuso someter a Consulta Pública el control regulatorio de un Dispositivo de Acople para la carga de GNC. 

Dicho dispositivo será analizado a través de las normas ISO 14469 (2017) “Road vehicles -Compressed natural gas (CNG) refuelling connector”; CSA/ANSI NGV1 (2017) “Compressed natural gas vehicle (NGV) fueling connection Devices” y UNECE R-110 (2015) “Reglamento N° 110 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE)”. 

La Consulta Pública, establecida por la Resolución N° 489/2021, está orientada a promover el desarrollo de un nuevo polo de demanda de gas natural que traerá aparejado una movilidad más saludable por la reducción de emisiones gaseosas y sonoras contaminantes, particularmente valorable en zonas de alta concentración urbana y una disminución de costos de logística, del transporte carretero de pasajeros y de carga, por la utilización de un combustible de menor precio relativo.  

Sobre la presente medida, destinada al sector específico y a quienes quieran opinar sobre la materia sometida a tratamiento, el Interventor del ENARGAS, Federico Bernal, hizo énfasis en que “tenemos la intención de promover un uso seguro y racional de la energía para fomentar la utilización de un combustible disponible y abundante y una mejora de la balanza comercial energética y ahorro en subsidios, debido a la sustitución de combustibles líquidos importados”.

Al respecto, Bernal agregó que, luego de analizadas las propuestas presentadas y aprobada la norma que resulte de esta consulta, “contaremos con un marco reglamentario sobre el Dispositivo de Acople de carga para los vehículos en cuestión, que favorecerá la utilización de un sistema que permitirá reducir los tiempos de abastecimiento, minimizar las emisiones gaseosas y sonoras y garantizar una utilización más segura en la instancia del abastecimiento. No hay que perder de vista que la reducción de esos tiempos es una pauta esencial frente a la decisión respecto del combustible a ser utilizado en sus unidades”. 

La mencionada Resolución invita a participar de la Consulta Pública a las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural y por su intermedio a las Estaciones de Carga de GNC de su área licenciada, a los Organismos de Certificación acreditados por el ENARGAS y por su intermedio a los Fabricantes e Importadores de Mangueras para surtidores de GNC por ellos certificados. 

A su vez, también extiende la invitación al Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME), a YPF S.A., a Delta Compresión S.R.L. – ASPRO, a la Asociación Mendocina de Expendedores de Naftas y Afines (AMENA), a la Cámara de Expendedores de Combustibles de la Provincia de San Juan, a la Cámara de Expendedores de Combustibles de la Provincia de San Luis, a NRG Argentina S.A., a la Cámara Argentina del Gas Natural Comprimido (CAGNC), a la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), a SCANIA ARGENTINA S.A., a AGIRA S.A., a Galileo Technologies S.A., a CNH INDUSTRIAL ARGENTINA S.A. (EX IVECO ARGENTINA S.A.), a Corven Motors Argentina S.A. y al público en general para que por un plazo de 30 días corridos, efectúen formalmente comentarios y observaciones, los que, sin perjuicio de ser analizados, no tendrán carácter vinculante para la Autoridad Regulatoria. 

Cabe recordar que, siguiendo con su compromiso por fomentar la utilización del GNC como combustible, el mes pasado, ENARGAS aprobó la NAG-452 para la habilitación de vehículos destinados al transporte, producidos en el Territorio Nacional, propulsados mediante el uso de gas natural, con el propósito de promover y facilitar políticas tendientes a mejorar la calidad y eficiencia del servicio de transporte público terrestre de pasajeros o de carga. (Ver nota «ENARGAS reglamentó la habilitación de vehículos de gran porte de producción nacional propulsados a gas natural»).

Compartí:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Contenido protegido!