mié. Nov 27th, 2024

El Frente de Todos Chivilcoy quiere hacer público el incumpliento por parte del Municipio de Chivilcoy a cargo del Intendente Dr. Guillermo Britos del “Artículo 64 quater” de la ley del Código Electoral 19.945 que prohíbe los actos de gobierno tendientes a “la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.

Según el cronograma electoral, el pasado 20 de octubre comenzó la prohibición de dichos actos públicos pero vemos que el Intendente Guillermo Britos viola sistemáticamente esta Ley realizando actos de inauguración a diario, realizando la presentación de obras o de equipamiento o realizando anuncios junto a candidatos de la lista oficialista local.

El Frente de Todos Chivilcoy se ve en la obligación de poner de manifiesto este accionar del intendente municipal Guillermo Britos, quien está desobedeciendo una ley que debería respetar como cualquier otro ciudadano pero fundamentalmente, por ser la máxima autoridad del Municipio de Chivilcoy.

La Ley citada ordena que “Durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”

“Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten”.

“El incumplimiento de este artículo será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 133 bis previsto en el presente Código”. (http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/19442/texact.htm)

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