Buenos Aires, 07 de mayo de 2021. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informa que a través de la Resolución N° 130/21 dispuso que -en los términos de la Resolución N° RESOL-2021-375-APN-SE#MEC- los usuarios de la categoría Servicio General P (entre los que hay PyMEs) que adquieren el gas natural directamente de productores y/o comercializadores, podrán optar hasta el vencimiento de la emergencia sanitaria, por la contratación de su abastecimiento de gas natural a través de un productor o comercializador, así como de la distribuidora zonal bajo la modalidad de servicio completo.
Se estima que esta medida significa un ahorro de 5.000 millones de pesos para las PyMEs. Son casi 1360 PyMEs beneficiadas, distribuidas entre 14 provincias del país (La Secretaría de Energía y ENARGAS posibilitan a las PyMEs el abastecimiento de gas a través del servicio de distribución).
Asimismo, el Ente estableció que, en caso de hacer uso de la opción establecida en el Artículo 1º conforme la Resolución, aquella deberá ser comunicada a la Distribuidora Zonal con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles y se deberá permanecer en el mismo tipo de abastecimiento por el plazo mínimo de doce (12) meses.
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ENARGAS también determinó que las Licenciatarias de Distribución deberán informar a la Gerencia de Protección del Usuario del Organismo, mensualmente, antes del día 5 (o el siguiente día hábil del mes posterior), aquellos usuarios de la categoría del Servicio General P que han optado y hecho efectiva la opción establecida en el Artículo 1º de la Resolución N° RESOL-2021-375-APN-SE#MEC y el Artículo 1º de la presente. En relación a ello, la Gerencia de Protección del Usuario quedó facultada para requerir a las Licenciatarias de Distribución información adicional.