lun. Nov 25th, 2024

ANSES informó que ya están disponibles los turnos para realizar el trámite del Plan de Pagos de Deuda Previsional, para quienes no alcancen los 30 años de aportes, cumplan con los requisitos y deseen adherirse a la Moratoria Previsional, luego de la reglamentación de la norma a través del Decreto 173/2023.
La Jefa Regional de la Anses Bonaerense III, Carla Tomasini, explicó que “la adhesión al plan permitirá regularizar su situación a más de 800 mil argentinos y argentinas, por lo que esta instancia representa una gran noticia para quienes estaban esperando esta posibilidad, por la que además trabajamos mucho”.
Invitó a quienes cumplan con los requisitos “a acercarse a la UDAI de avenida Villarino y Balcarce a sacar un turno a partir de mañana lunes, en el horario de 8 a 14 horas”, donde “a partir del 10 de abril podrán iniciar el trámite y realizar las consultar necesarias de cada caso”, aunque informó que también pueden solicitarse a través de la página del organismo www.anses.gob.ar.
Podrán adherirse a la Moratoria mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más, que no posean los 30 años de aportes requeridos y se podrán regularizan períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive, aunque el plan es incompatible con otras moratorias previsionales que no hayan sido saldadas a diciembre de 2021.
Del mismo modo, podrán acceder mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 que se encuentren en actividad y necesiten regularizar deuda previsional.
A su vez, ANSES y AFIP realizarán una evaluación conjunta de algunas características de la situación socieconómica de los solicitantes. En las mismas se tienen presentes los Ingresos Brutos anuales de la persona, una estimación patrimonial a través del Impuesto sobre los Bienes Personales, tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor o por la Administración Nacional de Aviación Civil o la Prefectura Naval Argentina o créditos prendarios y gastos y consumos efectuados con tarjeta de crédito y débito.
En cuanto a los plazos para la financiación, no podrán superar las 120 cuotas mensuales y el valor de las mismas no deberá exceder el 30 por ciento del haber mínimo vigente.

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