sáb. Nov 23rd, 2024

Las nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno en el contexto de la pandemia de coronavirus comienzan a regir este sábado, con su oficialización en el Boletín Oficial. Se permiten más actividades recreativas y encuentros sociales, así como aumenta el ingreso de pasajeros diarios.

Las nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno Nacional en el contexto de la pandemia de coronavirus comienzan a regir a partir de este sábado, con su oficialización en el Boletín Oficial, e incluyen la flexibilización de actividades recreativas y encuentros sociales así como el aumento del ingreso de pasajeros diarios, en el marco del plan de aperturas progresivas anunciado por el presidente Alberto Fernández.

Las medidas quedaron oficializadas a través del DNU 494/2021 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández y la totalidad de los ministros del Gabinete; y de la Decisión Administrativa 793/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

El nuevo DNU abandona el esquema de semáforo epidemiológico y mantiene únicamente la categoría de alarma epidemiológica y sanitaria para aglomerados, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes, en donde la ocupación de camas UTI supere el 80% y la variación porcentual del número de pacientes internados de los últimos 7 días, respecto de los 7 anteriores sea superior al 20%.

El viernes, el Presidente anunció un plan de “aperturas sostenidas y progresivas” para ir recuperando las actividades “de manera responsable y con cuidado” en el marco de la pandemia de coronavirus y anticipó que a partir de este sábado habrá una “ampliación paulatina de la cantidad de personas que puedan reunirse” y también un avance en la presencialidad escolar.

En los considerandos de la norma publicada hoy se indica que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”.

Actividades recreativas y encuentros sociales

En el decreto se establece que está permitida en todo el territorio nacional la práctica de “deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados”; como así también los “cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento”.

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